CÓDIGO DE CONDUCTA | Quimbaya
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CÓDIGO DE CONDUCTA

INTRODUCCIÓN

 

Con el propósito de brindar nuestros servicios  INVERSIONES QUIMBAYA S.A.S., en su calidad de Sociedad Operadora, del establecimiento de comercio Hotel Quimbaya,  ha integrado a su política de calidad un conjunto de valores, principios y lineamientos que orientan el comportamiento de los empleados y  directivos, los cuales serán aplicables tanto a dichos empleados y directivos como a clientes, proveedores y accionistas y a cualesquier otro grupo de individuos o comunidades a quienes INVERSIONES QUIMBAYA S.A.S.  preste sus servicios bien sea de manera temporal o permanentemente.

 

El presente código de conducta tiene por objeto asegurar a todos nuestros clientes  la prestación de insuperables servicios hoteleros, apoyados en personas empáticas, infraestructura cómoda y consciente y procesos de calidad de acuerdo a la filosofía que caracteriza a INVERSIONES QUIMBAYA S.A.S.

 

COMPROMISO PARA LA CONVIVENCIA, TRANQUILIDAD Y ARMONÍA

Con el fin de estar en capacidad de brindar nuestro servicio hotelero dentro de los estándares mencionados en el presente código de conducta, Inversiones Quimbaya S.A.S.. prestará sus servicios, procurando la sana convivencia, tranquilidad y armonía dentro en sus instalaciones, incluyendo áreas restringidas, concesionadas, y/o de uso exclusivo de los clientes y/o empleados , y tomará las medidas a su alcance, incluyendo la posibilidad de negarse o cesar la prestación de su servicio a determinadas personas, o para determinadas actividades o eventos, en aras de  mantener la prestación de sus servicios dentro de tales normas de convivencia, tranquilidad y armonía especialmente cuando bajo el análisis razonable de Inversiones Quimbaya S.A.S., se evidencie que existe de parte de cualquiera de las personas o individuos a quienes aplique este código, comportamientos, usos o costumbres que afecten la sana convivencia, el respeto, la tranquilad, la armonía y en especial cuando se presenten situaciones, tales como:

  • Comportamiento que tenga la potencialidad o resulte efectivamente riesgoso o represente un peligro real o potencial para la seguridad de los viajeros, huéspedes, clientes y/o demás visitantes o empleados, colaboradores y cualquier tercero que se encuentre en las instalaciones del Hotel Quimbaya.

  • Utilización de lenguaje ofensivo o insultante hacia otros huéspedes, visitantes, empleados y directivos de Inversiones Quimbaya S.A.S.

  • Utilización de lenguaje ofensivo o insultante, al expresar opiniones relacionadas con Inversiones Quimbaya S.A.S. y los servicios prestados, o sus empleados, directivos, contratistas y/o accionistas

  • Utilización de cualquier medio de comunicación (radio, prensa, televisión, redes sociales, etc.) para expresar opiniones o aseveraciones que no resulten acordes con la realidad, injuriosas o irrespetuosas en contra de Inversiones Quimbaya S.A.S. o alguno de sus empleados, directivos, colaboradores, y/o accionistas.

  • Comportamientos discriminatorios o de acoso en razón de la edad, raza, sexo, condición física, creencias, nacionalidad, lengua, filiación política u orientación sexual.

  • Comportamientos ofensivos o inapropiados, contrarios a la ley y las buenas costumbres; entre otros pero sin limitarse a casos de: contacto físico no consentido, actos abiertamente inmorales, provocación, actos de vandalismo en contra de bienes de propiedad de otros viajeros, huéspedes y/o visitantes los de Inversiones Quimbaya S.A.S., hurto comprobado, uso de identificaciones y documentos falsos, propiciar o facilitar el consumo de alcohol por parte de menores de edad, y la posesión y/o consumo de sustancias/artículos ilegales, entre otros.

  • Cualquier comportamiento que afecte la convivencia, en los términos de la ley 1801 de 2016.

  • Comportamiento descortés o conflictivo con los demás viajeros, empleados, huéspedes y/o visitantes de Inversiones Quimbaya S.A.S., que atenten contra la armonía y la normal operación del lugar, tales como, pero sin limitarse a: el uso de equipos de música o radios con volumen alto en las habitaciones del hotel, zonas comunes, entre otros.

  • Comportamientos destinados a la utilización de la actividad hotelera con fines de prostitución o de promoción de la prostitución, o explotación sexual en cualquiera de sus formas.

  • Dentro de las instalaciones del hotel, no se permite el uso de dispositivos de sonido, a volumen elevado a discreción de INVERSIONES QUIMBAYA S.A.S.   La única música que podrá escucharse en las áreas comunes es la que se ha dispuesto como parte de la ambientación de dichas áreas por parte de la empresa.

  • Dentro de las instalaciones del hotel se tendrán códigos de vestuario que la empresa dispondrá, especialmente para el acceso y tránsito en algunas áreas comunes; quedando prohibido algunas prendas como pijamas, vestido de baño sin pareo, especialmente en áreas como  recepción,  restaurante y discoteca.

  • Los padres, tutores o representantes de menores de edad, son responsables del comportamiento y la supervisión correspondiente de estos, dentro de las instalaciones del Hotel. Los huéspedes que consuman bebidas alcohólicas deben hacerlo de manera responsable.

  • El personal del hotel podrá negarse a servir bebidas alcohólicas a huéspedes que no tengan un consumo responsable, o se encuentren en avanzado estado de ebriedad, siempre que pueda afectarse la tranquilidad y armonía del hotel.

  • No está permitido el ingreso al hotel de armas de fuego, materiales explosivos, inflamables, estupefacientes o sustancias similares.

  • Todo daño o deterioro causado por parte del cliente a los bienes muebles o inmuebles de propiedad del hotel deberán ser pagados antes de realizar check out a Inversiones Quimbaya S.A.S., de acuerdo con el valor establecido por el Hotel.

PROTECCIÓN DE LOS MENORES DE EDAD

En cumplimiento de la Ley 1336 de 2009, Inversiones Quimbaya S.A.S. adopta el Código de Conducta para la protección de los menores de edad, de la siguiente manera:

Inversiones Quimbaya S.A.S. y sus empleados se abstienen de ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa y tácitamente, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.

Está prohibido para Inversiones Quimbaya S.A.S. o sus empleados dar información a los turistas, directamente o por interpuesta persona acerca de lugares desde donde se coordinen o donde practique explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

Está prohibido para Inversiones Quimbaya S.A.S. o sus empleados conducir a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, y adolescentes, así como conducir a éstos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

  • Inversiones Quimbaya S.A.S. está facultado para impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten servicios turísticos, cuando se evidencie  que es con fines de explotación o de abuso sexual.

  • Inversiones Quimbaya S.A.S. podrá adoptar las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa, ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.

  • Inversiones Quimbaya S.A.S. denunciará ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Policía de Infancia y Adolescencia, Fiscalía General de la Nación, ICBF y demás autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la sospecha de estos, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para denunciar ante las autoridades competentes tales hechos.

 

RESERVACIONES

  • Inversiones Quimbaya S.A.S. se reservará la facultad de rechazar o cancelar la solicitud de reserva si se evidencian conductas o actos, que vayan en contravía de la ley, las buenas costumbres, y las disposiciones del presente código.  

 

OPERACIÓN DE INSTALACIONES

  • Inversiones Quimbaya S.A.S. podrá de manera autónoma determinar el cierre total o parcial de sus instalaciones para la buena prestación de sus servicios y para la seguridad y privacidad de huéspedes que por su condición y bajo concepto razonable de la Gerencia y Propietarios, así lo ameriten. Las contravenciones a este Código, en la medida de lo posible deberán ser corregidas de forma inmediata, y se sancionarán, con arreglo a la normativa laboral, civil o penal vigente, con independencia de otras responsabilidades en las que pueda incurrir el infractor y del oportuno ejercicio de las acciones legales a las que hubiera lugar.

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